Mdicos de Urgencia Hospitalaria

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Conclusiones Mesa Sectorial 20/12/2006 sobre Jornada, Retribuciones y Condiciones de trabajo de los Médicos de Urgencias Hospitalarias del SERGAS

Únicamente CESM y CIG presentaron alegaciones al último borrador presentado por el SERGAS, después de dejar claro Recursos Humanos que  estas alegaciones no podían suponer cambios de fondo en el documento, lo cual supuso más de un desencuentro, paso a enumerar los cambios que se introducen a la espera evidentemente de que su trascripción en el documento final sea la correcta. Hay que resaltar que la gran mayoría de las alegaciones presentadas por la CIG están reflejadas en el documento inicial de alegaciones presentadas por la CESM y que en un principio fueron rechazadas por la administración sin pronunciamiento al respecto por parte del resto de sindicatos.  

  1. JORNADA:

 ·        Turnicidad: Se diluye la referencia explícita a la turnicidad que se encuentra en el preámbulo (punto 2) y en el complemento de turnicidad (desaparece la referencia a las 7,10, 12 o 24 horas), probablemente quede como “realización de la jornada en cualquier horario”. ·        Se diferencian los conceptos de Jornada Ordinaria (“hasta 130 horas mensuales) y Complementaria (en función de las plantillas disponibilidad de hasta 60 horas mensuales).·        Por obvio se elimina en el punto 2 de Jornada la referencia a que las vacaciones y días de descanso no computan para la determinación de la jornada efectiva. 

  1. RETRIBUCIONES:

 ·        Similar tratamiento en la cobertura de bajas, etc. que el resto del personal (acción social). 

  1. CONDICIONES DE TRABAJO:

 ·        55 años:

o       Desaparece la referencia a la reducción de jornada complementaria quedando como reducción de jornada global en horario nocturno. Esta reducción no afecta a la referencia de jornada ordinaria (1430 horas).

o       No tendrá reflejo en el documento, creemos, pero se mantiene el derecho a la exención de jornada en horario nocturno a partir de los 55 años, en función de la disponibilidad de personal.o       Los  facultativos que actualmente están exentos de guardias siguen realizando una jornada ordinaria de 1624 horas en turno fijo de mañanas sin festivos igual que el resto de facultativos del hospital, si incluyera tardes se percibiría el complemento de turnicidad.·       

 o   Planes Funcionales: La propuesta de los servicios sobre cargas de trabajo, necesidades de personal, etc. ha de ser refrendada por la Dirección del Centro, en caso de discrepancia será la Comisión de seguimiento del acuerdo la que determine si la propuesta de plan funcional se ajusta o no al acuerdo, teniendo en cuenta las peculiaridades de cada centro.  Pendientes de visualizar la redacción final del acuerdo creemos que están recogidas en su inmensa mayoría las propuestas planteadas desde un inicio desde CESM, por lo que hemos expuesto nuestra disponibilidad a firmar el acuerdo. De todos modos el acuerdo que se llegue a firmar de poco va a servir si no se trabaja en cada Servicio de Urgencias para disponer de las muchas posibilidades de mejora no solo retributiva sino de calidad de vida que permite el acuerdo. No es una meta, es un inicio. 

Arturo González López

Jaime Grande Freire

Delegados CESM