Derecho a cobrar prorrateo de guardias en baja por maternidad/paternidad

Share

CESMGalicia consigue sentencia que garantiza el derecho a cobrar prorrateo de guardias en caso de baja por maternidad o paternidad

FALLO
Estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Félix Jiménez Mosquera, en nombre y representación de….., frente a la resolución de la Directora xeral de recursos humanos del SERGAS, de 27 de enero del 2016, que se declara disconformes a Derecho, se anula y revoca, y se reconoce el derecho de la recurrente al abono del prorrateo correspondiente a las guardias que tuvieron lugar durante su periodo de baja por maternidad, desde el 9 de octubre del 2014 al 28 de enero del 2015, condenando al SERGAS a su abono.

 

Sentencia del Juzgado contencioso-adm. 2 de Lugo, en la que se estima la demanda de una facultativa hospitalaria, afiliada a (y defendida por) CESM-Galicia.
El juez avala la tesis del letrado jefe de CESM GALICIA y considera que la facultativa tiene derecho a percibir el prorrateo de guardias correspondiente al período que estuvo de baja maternal.
El SERGAS pretendía no abonar dicha cantidad alegando que la facultativa no realizo las guardias
No obstante, el juez señala que en la baja maternal existe PLENITUD DE DERECHOS ECONOMICOS para la interesada.

Se abre la vía para que las/os facultativas/os hospitalarios que hayan estado de baja maternal/paternidad puedan reclamar el prorrateo de guardias correspondiente a dicho periodo. En el caso de facultativos de primaria hay que estudiarlo dada la voluntariedad de las guardias.

Si deseas más información ponte en contacto con nuestra asesoría jurídica.